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Jun

NOM-247: La norma que todo el sector inmobiliario debe conocer en 2026 (y muchos siguen ignorando).

La compra de una casa es una de las decisiones financieras más importantes en la vida de una persona. Para brindar mayor certeza jurídica a las familias mexicanas y evitar fraudes, entró en vigor la NOM-247-SE-2021. Esta norma llegó para transformar las reglas del juego en el sector inmobiliario, pero, ¿qué significa realmente para quienes venden y compran propiedades?
Aquí te explicamos los puntos clave de esta normativa y cómo cumplirla para evitar fuertes dolores de cabeza.

¿Qué es la NOM-247 y a quiénes aplica?
Publicada el 22 de marzo de 2022 y de carácter obligatorio desde septiembre de ese mismo año, la NOM-247 es una Norma Oficial Mexicana que regula las prácticas comerciales, la información, la publicidad y los contratos relacionados con la compraventa de bienes inmuebles destinados a casa habitación.
Esta norma no es solo para las grandes desarrolladoras. Su cumplimiento es obligatorio para fraccionadores, constructores, promotores, asesores inmobiliarios y, en general, cualquier persona física o moral que se dedique a comercializar viviendas al público en general. Quedan fuera de esta regla los inmuebles de uso comercial, industrial o los terrenos que no estén destinados a la construcción de vivienda.

Incluso, los especialistas advierten que si decides vender una sola casa usada y la anuncias al público en general (en portales inmobiliarios o redes sociales), la norma también te aplica estrictamente.

Los 4 pilares fundamentales de la NOM-247
Si estás en el negocio inmobiliario, estos son los aspectos que debes vigilar con lupa:
1. Publicidad veraz y cero engaños Se acabaron las "letras chiquitas". Toda la publicidad debe estar en español y la información sobre el inmueble debe ser clara, comprobable y real. Omitir datos vitales o exagerar características que el inmueble no posee se considera publicidad engañosa. El proveedor está obligado a mostrar, entre otras cosas, el precio total en moneda nacional, los métodos de pago, planos, licencias y características de los acabados y servicios.
2. Contratos de adhesión registrados ante PROFECO Una de las prácticas más riesgosas del pasado era el uso de contratos "internos". Hoy, todo contrato (ya sea de promesa, compraventa, preventa o intermediación) debe estar forzosamente registrado ante la PROFECO a través de su Registro Público de Contratos de Adhesión (RCAL). Estos contratos deben contener elementos mínimos obligatorios como la descripción detallada del inmueble, penalizaciones recíprocas en caso de incumplimiento, fecha de entrega y condiciones de pago.
3. Garantías irrenunciables para el comprador La NOM-247 blindó la calidad de las construcciones estableciendo plazos de garantía que no pueden reducirse. A partir de la entrega del inmueble, el proveedor debe garantizar:
  • 5 años para fallas o defectos estructurales.
  • 3 años para impermeabilización.
  • 1 año para los demás elementos (fallas leves). Si los defectos persisten después de hacer válida la garantía, el consumidor tiene derecho a una bonificación: un 20% del precio del inmueble en caso de fallas graves y un 5% del valor de la reparación para fallas leves.
4. Respeto absoluto a los Derechos del Consumidor El comprador inmobiliario está más empoderado que nunca. Tiene derecho a no entregar ningún anticipo hasta que exista un contrato por escrito, a recibir un trato libre de discriminación y a elegir libremente a su notario público para el trámite de la escrituración.
Retos y duras sanciones por incumplimiento
Adaptarse a la norma ha traído desafíos. Por ejemplo, en el caso de la venta de casas usadas que no cuenten con una licencia de construcción previa, la norma exige presentar un dictamen de condiciones estructurales avalado por un perito, lo cual representa un costo adicional que algunos propietarios de vivienda económica no siempre pueden cubrir fácilmente.
Sin embargo, ignorar la normatividad sale mucho más caro. La PROFECO ha endurecido las sanciones y revisa activamente campañas y portales. Para el año 2026, las multas por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor han subido y pueden alcanzar hasta los 12.7 millones de pesos.
Conclusión
Cumplir con la NOM-247-SE-2021 va mucho más allá de evitar multas millonarias; es una estrategia de negocios. En un mercado competitivo, operar con transparencia, registrar tus contratos y hablarle con la verdad a tus clientes fortalece la reputación de tu marca y genera ventas segura. ¡Asegúrate de que tus operaciones estén al día y vende con confianza!
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